Oídas como han sido las declaraciones de los testigos, Ciudadanos: AMOS DAVID MORA RINCÓN y ROSANA DE LA TRINIDAD MORA GUERRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: V- 1.520.327, y V- 14.417.949, en su orden, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidos. Y visto el escrito presentado por la Ciudadana: MERCEDES ELENA RIVERA DE COLMENARES, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad Nº V- 1.552.731, asistida por el abogado DARIO ENRIQUE LOZANO URDANETA, inscrito en el Instituto de Prevensión Social del Abogado bajo el Nº 89.952, en el cual expone que el día 02 de Julio 2.014 falleció quien fuera su Cónyuge, el Ciudadano: GREGORIO ANTONIO COLMENARES CASANOVA, quien era venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 1.551.654, según certificación expedida por el Dra ELDA LUCÍA POLEO MOLINA, tal y como se evidencia del Acta de Defunción Nº 438-P, expedida por el Registrador Civil de la .....