Primero: Se declara improponible la solicitud formulada por el abogado Freddy Chacón Silva, con el carácter de defensor del ciudadano ANGEL DAVID ZAMBRANO ORTIZ, en cuanto al cambio de calificación jurídica.
Segundo: Sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado Freddy Chacón Silva, con el carácter de defensor del ciudadano ANGEL DAVID ZAMBRANO ORTIZ, contra la decisión que condenó por el procedimiento especial de admisión de los hechos, al mencionado ciudadano, a cumplir la pena de ocho (08) años de prisión, por la comisión del delito de robo de vehículo automotor, previsto y sancionado en el articulo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo Automotor, cometido en perjuicio de Bautista Álvarez Yenson Yadir, Contreras Roa Armando Savier y Contreras Roa Luis Eduardo.
Tercero: Confirma en todas y cada una de las partes la decisión señalada en el punto anterior.