PRIMERO: Declarar SIN LUGAR la RECUSACIÓN, interpuesta por la ciudadana Saidy Yusmeidy Peñaloza Guerrero, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 19.597.023, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio Iraima Nayleth Becerra, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 266.390, en contra de la Abogada Omaira Jiménez Arias, en su carácter de Jueza Provisoria del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación con Funciones de Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
SEGUNDO: En consecuencia, de la anterior declaratoria, el asunto principal 72965, por motivo de Tutela, seguirá conociendo el referido Tribunal, por no emerger de los autos alguna prueba que permita apreciar la existencia de los supuestos legales contenido en el artículo 31 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, como causa de Inhibición y Recusación.
TERCERO: U.....