Visto el escrito presentado por la ciudadana GUSTAVO ROJAS URMENDIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, N°- V- 25.812.028, soltero, domiciliada en Clarines, Estado Anzoátegui y de transito en esta ciudad, donde requiere que le sea realizada una nueva experticia de seriales, sea tramitada ante Transito Terrestre la Certificación de datos del vehículo con las siguientes características: MARCA: VHEVROLET; MODELO: CAPRICE; AÑO: 1982; COLOR: BLANCO; CLASE: AUTOMOVIL; TIPO: SEDAN; USO: POR PUESTO; PLACAS: 563-879; SERIAL DE CARROCERÍA: 1N694GV108975; SERIAL DE MOTOR: V0611TWF, este Tribunal de conformidad con lo establecido en los artículos 282, 311 y 312 del Código Orgánico Procesal Penal que le atribuye a los Juzgados, en este caso, al de Control, en esta fase, velar por el cumplimiento de los principios y garantías establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, en la Constitución, tratados, convenios o acuerdos internacionales suscritos por la República .....