VI
DISPOSITIVA:
En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Número Nueve del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: Primero: SE CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión del imputado DÍAZ JÍMENEZ CARLOS, por la presunta comisión del delito de Hurto Agravado, previsto y sancionado en el artículo 454 ordinal 8º del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Sandoval Hernando. Segundo: Se Decreta MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a tenor de lo dispuesto en los ordinales 1º, 2º y 3º del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado Díaz Jiménez Carlos, de nacionalidad venezolana, Natural de Santa Bárbara, Estado Apure, Indocumentado, nacido en fecha 15 de Noviembre de 1963, de 41 años de edad, de estado civil Casado, Agricultor, hijo de Carlos Díaz Jiménez (f) y de Juana Coromoto de Jiménez (f), con residencia.....