PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 25 de marzo de 2015 por la ciudadana GLADYS COROMOTO BELÉN, asistida de abogado, contra la sentencia dictada el 23 de marzo de 2015 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
SEGUNDO: Queda CONFIRMADA la decisión apelada, dictada en fecha 23 de marzo de 2015 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira que resolvió: PRIMERO: Con lugar la acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana DORA ELIZABETH ESTUPIÑÁN BUITRAGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.259.693, con domicilio en la San Juana, Colón, Municipio Ayacucho, Estado Táchira, contra la ciudadana GLADYS COROMOTO BELÉN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.187.157, con domicilio en la San Juana, calle.....