PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY y en virtud del INTERES SUPERIOR DEL NIÑO, EL CUAL SE OMITE SU IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LA Ley Orgánica para la protección del niño, niñas y adolescente, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la Aumento de obligación de manutención de la
presente causa; SEGUNDO: De conformidad con el artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ESTE TRIBUNAL AUMENTA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN EN LA CANTIDAD DE OCHOCIENTOS BOLIVARES MENSUALES (800,00 BS), serán depositados a la cuenta respectiva del Banco Bicentenario ;TERCERO: En el mes de Agosto del inicio del año Escolar, deberá depositar los beneficios de la compañía que perciba.....