Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del decujus GLORIA MARINA VIVAS UZCATEGUI, quien en vida era venezolana, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad N° V.- 3.193.769, fallecida en fecha 27 de Diciembre del 2018, según acta de defunción N° 360 Folios 110, Tomo II, año 2018 de fecha 28 de Diciembre del 2018, expedida por el Registro Civil del municipio Junín, estado Táchira, a los ciudadanos WILLIER ALARCON VIVAS, WILMER GONZALO ALARCON VIVAS, WILFREDO GONZALO ALARCON VIVAS y GLORIA YAMILEX ALARCON VIVAS, en su condición de hijos, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad N° V.- 9.410.902, V- 8.761.540, V-8.761.541 y V-.....