III
DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Declara CON LUGAR el reconocimiento judicial de Unión Concubinaria interpuesta por la ciudadana SOL ANGEL RINCON, contra el ciudadano YOFRE ALEXANDER RANGEL RIVAS. En consecuencia, queda establecido que entre YOFRE ALEXANDER RANGEL RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.-10.132.567, y la demandante, ciudadana SOL ANGEL RINCON, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E.-84.572.882, existió una relación concubinaria, con todos los efectos legales, durante un lapso que se inició el día treinta y uno de diciembre de 1.991 hasta el día 31 de diciembre de 2007 para un total de dieciséis (16) años.
SEGUNDO: Inscríba.....