Por los anteriores razonamientos, esta Corte de Apelaciones, en su única Sala, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Justo Andrés Cabeza Espinel, en su condición de defensor del acusado YHONNY ALEXANDER SIERRA RAMIREZ.
SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 06 de agosto de 2008 y publicada el 07 de octubre de 2008, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 02, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó al referido acusado a cumplir la pena de diez (10) años de prisión, por la comisión del delito de robo agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Reina Rosmary Cordero Merchán y el establecimiento "Variedades y Agencia de Loterías Angélica", así mismo, lo condenó a las penas accesorias de ley......