PRIMERO: CONDENA al acusado JACKSON ANTONIO SUÁREZ ZAMBRANO, de nacionalidad Venezolana, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacido el 21-09-1.979, de 26 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 15.241.377, hijo de Carmen Zulia Zambrano (v) y Antonio Suárez (v), soltero, residenciado en la Residencia Las Palmas, carrera 8 con calle 10, casa 8-31, Táriba, Municipio Cárdenas, Estado Táchira, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el Artículo 411 del Código Penal y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 282 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano RONALD EDUARDO GUERRERO.
SEGUNDO: Se le CONDENA al acusado JACKSON ANTONIO SUÁREZ ZAMBRANO, las penas accesorias contempladas en el Artículo 13 del Código Penal.
TERCERO: CONDENA al ciudadano JACKSON ANTONIO SUÁREZ ZAMBRANO, al pago de las costas procesales, de conformidad con lo establecid.....