Por las razones antes expuestas: ESTE JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Pensión de Alimentos que formulara la Ciudadana: IRAY INDIRA BUITRAGO DE LOPEZ, en contra del ciudadano: JOSE EULISES LOPEZ VERA, en beneficio de los hermanos: JHONATAN DAVID, FRANKLIN JOSE y DEIVY JOEL LOPEZ BUITRAGO.
SEGUNDO: Este Tribunal fija como Pensión de Alimentos la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,00) y cuotas extraordinarias para los meses de Septiembre y Diciembre en la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 300.000,00) aportes estos fuera de la Pensión mensual fijada, cantidades estas que deberá ser depositada en una Cuenta de Ahorros que aperturará la solicitante IRAY INDIRA BUITRAGO DE LOPEZ en Banfoandes, a nombre del Juzgado de los Municipios Junin y Rafael Urdaneta .....