DECISIÓN
Por las razones que anteceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Noe Baldomero Mora Carrero, Defensor Privado de los ciudadanos José José Fernández Carrero y Simón Rafael Padrino Sepúlveda.
SEGUNDO: ANULA la sentencia dictada en fecha 30 de mayo de 2017, dictada por el Tribunal Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual, entre otros pronunciamientos, declaró sin lugar las excepciones de la Nulidad absoluta de la solicitud de Rueda de Reconocimiento por el Abogado Noe Baldomero Mora Carrero, Defensor Privado de los ciudadanos José José Fernández Carrero y Simón Rafael Padrino Sepúlveda.
TERCERO: ORDENA a los fines de restablecer la situación jurídica infringida, la celebración de una nueva Aud.....