PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la apelación interpuesta por la abogada MAGALY SOCORRO PARRA DE DEPABLOS, actuando en su propio nombre, en contra del auto de fecha 9 de octubre de 2007, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
SEGUNDO: SE REPONE la causa al estado en que se encontraba en fecha 28 de noviembre de 2004, en que se dictó el auto por el cual se fijó oportunidad para el nombramiento de retasadores, a fin de que se dicte la sentencia que corresponde a la fase declarativa en el juicio de estimación e intimación de honorarios profesionales, siguiendo los parámetros sentados en esta decisión. En consecuencia, se anula el citado auto de fecha 28 de noviembre de 2004, diarizado bajo el N° 58, y todo lo actuado con posterioridad al mismo.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Queda ANULADO el auto apelado.
Publíquese esta decisión en el expediente N.....