PARTE DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho señaladas, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY, actuando en sede civil, DECLARA: SIN LUGAR la cuestión previa del ordinal 11° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por las ciudadanas CLARICE ZENAIDA PÉREZ CÁRDENAS y MIGUEILY CLARISSE GUERRERO PÉREZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.650.881 y V-16.539.615, respectivamente, domiciliadas en el Apartamento distinguido con el N° 00-04, Planta Baja, identificado como "Conserjería" del Condominio N° 2 Bloque 3, ubicado en la Avenida Principal de la Unidad Vecinal, La Concordia, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira y hábiles, asistidas por la abogada INGRID TIBISAY OROZCO COTES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 115.963, en.....