Por las anteriores razones y consideraciones, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley actuando en primera instancia declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Ruptura Prolongada, formulada por los ciudadanos: WILLIAN JOSÉ SALAS GONZÁLEZ y LUZ ESTHER CABALLERO de SALAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 13.708.591 y V- 12.815.754, respectivamente, todo de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente y en consecuencia decide: PRIMERO: Queda disuelto el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos: WILLIAN JOSÉ SALAS GONZÁLEZ y LUZ ESTHER CABALLERO de SALAS, en fecha 23 de julio de 1.998, según acta Nro. 49, ante la prefectura civil del Municipio Fernández Feo del Estado Táchira. Y así se declara