REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.

DEM. 1504-12-1346
CAPITULO I
DE LAS PARTES

DEMANDANTE: NORMA ISABEL MOSQUERA DE PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-16.574.465, con el carácter de madre de los niños: JORGE LUIS y LUIS MIGUEL PÉREZ MOSQUERA.

DIRECCIÓN: En la Carrera 3, entre calles 9 y 10, Barrio Simón Bolívar, Posada Turística la Montaña Andina, Abejales Municipio Libertador del Estado Táchira.

DEMANDADO: JORGE LUIS PÉREZ PERNIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.357.614, con el carácter de padre de loa niños: JORGE LUIS y LUIS MIGUEL PÉREZ MOSQUERA.
DIRECCIÓN:

Domiciliado en la Carrera 1, Segunda Planta de la Carnicería Jiret, Laboratorio Clínico Dental Barrió la Costa Abejales Municipio Libertador del Estado Táchira.


MOTIVO: Fijación de Obligación de Manutención

CAUSA Nro. 1504-12

FECHA DE ENTRADA. 29 de Febrero de 2012.


CAPITULO II
DE LOS HECHOS

En fecha 27 de Febrero de 2012, se solicitud de Fijación de la Obligación de Manutención presentada por la ciudadana: NORMA ISABEL MOSQUERA DE PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.574.465, a favor de los Niños: JORGE LUIS y LUIS MIGUEL PÉREZ MOSQUERA, contra el ciudadano JORGE LUIS PÉREZ PERNIA, venezolano, mayor edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.357.614.

En fecha 29 de Febrero de 2012, se libro Boleta de Notificación al Fiscal Especializado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Táchira, participando la admisión de la presente demanda.

En fecha 29 de Febrero de 2012, Se libro oficio al Consejo de Protección de Niño, Niña y Adolescente, del Municipio Libertador del Estado Táchira, Solicitando la Práctica de un estudio Socio- económico del ciudadano: JORGE LUIS PÉREZ PERNIA.

En fecha 12 de Marzo de 2012, mediante diligencia el Alguacil del Tribunal consigna Boleta de Citación librada al ciudadano: JORGE LUIS PÉREZ PERNIA, quien fuera recibida y firmada por su persona en fecha 05 de Marzo de 2012.

En fecha 13 de Marzo de 2012.mediante diligencia el Alguacil del Tribunal consigna Boleta de Notificación librada al ciudadano: Fiscal para la Protección del Niño, Niña y Adolescente Civil y Familia del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, quien fuera recibida y firmada por su persona en fecha 08 de Marzo de 2012.

En fecha 15 de Marzo de 2021, siendo las once y treinta (11:30) de la mañana, comparecen los ciudadanos: NORMA ISABEL MOSQUERA de PÉREZ y JORGE LUIS PÉREZ PERNÍA, parte demandante y demandada, respectivamente, previa entrevista con al Jueza, y concedido como le fue el derecho de palabra al demandado expuso: “ Ofrezco como monto de la Obligación de manutención la Cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs.600,oo) Mensuales, además darle un mercado en Frutas mensual, cancelar la Cantidad de DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs.200,oo) para el maestro de tareas dirigidas; en los meses de agosto y diciembre me comprometo a cubrir con la totalidad de los gastos de útiles y uniformes escolares y gastos de fin de año. Igualmente me comprometo a cubrir con el 50% de gastos médicos que requiera los niños JORGE LUIS y LUIS MIGUEL, previa presentación del récipe e informe médico y facturas legales. La obligación de manutención la depositaré en la Cuenta Bancaria que este Tribunal se sirva aperturar para tal fin, dentro de los primeros cinco (5) días de cada mes”. Estando presente la ciudadana: NORMA ISABEL MOSQUERA de PÉREZ, se le concedió el derecho de palabra quien expuso: “Acepto el ofrecimiento hecho por el padre de mis hijos en todas y cada una de sus partes”.

En fecha 21 de Marzo de 2012, Se recibió Comunicación del Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Libertador del Estado Táchira.

CAPITULO III
HOMOLOGACIÓN
En consecuencia y por cuanto la conciliación suscrita entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte HOMOLOGACIÓN al acta de fecha 15 de Marzo de 2012, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
Se establece el ajuste anual proporcional y automático de la Obligación de la Manutención, todo de conformidad con lo establecido en el último aparte del Artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.

Líbrese oficio a la Entidad Bancaria del Bicentenario, solicitando la apertura de una cuenta de ahorros a nombre de la ciudadana: NORMA ISABEL MOSQUERA de PÉREZ, cuyos beneficiarios son los niños: JORGE LUIS y LUIS MIGUEL PÉREZ MOSQUERA, y para que se le autorice a movilizar dicha cuenta sin autorización del Tribunal, una vez aperturada la cuenta notifíquese al obligado, el numero a fin de que realice los depósitos

Publíquese y regístrese la presente decisión.
Déjese copia certificada para el Archivo del Tribunal
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales, a los veintidós días del mes de Marzo del dos mil doce. Años 201º de la Independencia y 153º de la Federación.
La Jueza.

ABG. ROSALBA RUIZ JAIMES.
El Secretario




ABG. LUIS ALFONSO SANCHEZ PEREZ