este Tribunal decide REVOCAR LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD y en consecuencia decreta MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a los acusados ERINSON ORLANDO ARÉVALO HERNÁNDEZ, venezolano, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacido en fecha 30-01-1988, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-18.880.370, de profesión u oficio obrero, residenciado en la Cuesta del Trapiche, calle principal, casa Nro 88-51, Municipio la Concordia, Estado Táchira, y RODOLFO ENRIQUE MALAGUEÑA USECHE, venezolano, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacido en fecha 05-09-1988, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-18.878.642, obrero, residenciado en la Urbanización Andrés Bello, Cuesta del Trapiche, vereda 1, casa Nro 54-22, Municipio la Concordia, Estado Táchira, por la presunta comisión del delito de TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo .....