PRIMERO: Se admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición legal la demanda por estimación e intimación de honorarios profesionales, incoada por el abogado DANIEL ANTONIO CARVAJAL ARIZA, titular de la cédula de identidad Nor. V- 9.211.739, actuando en su propio nombre y en defensa de sus propios derechos e intereses, contra la ciudadana DEISY ADRIANA RODRIGUEZ GUILLEN;
SEGUNDO: En aplicación al procedimiento establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia de fecha 14 de agosto de 2008, expediente Nro. 08-0273, ordena CITACIÓN de la ciudadana DEISY ADRIANA RODRIGUEZ GUILLEN, por medio de boleta con copia fotostática certificada del libelo de la demanda, con inserción del presente auto y la orden de comparecencia, para que al día siguiente a su citación, la que se verificara en la forma ordinaria, a fin de que, a título de contestación señale lo que a bien tenga con r.....