Por lo tanto, al no cumplir la parte demandante con la corrección ordenada en los
numerales TERCERO, CUARTO, QUINTO, SEXTO Y SEPTIMO, considera esta Juzgadora
que éste incumplió el despacho saneador ordenado, razón por la cual este Tribunal Segundo
de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, de conformidad con
el artículo 124 ejusdem, declara LA INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA incoada por LUIS
ALFONSO SARMIENTO, titular de la cédula Nro.V-19.926.647, contra LEDDYS PEREZ, titular
de la cédula de identidad Nro.V-6.377.039, propietaria de la firma personal SALA DE
MATANZA Y CARNICERÍA EL TORO ROJO, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y
OTROS CONCEPTOS LABORALES. Así se decide.
LA JUEZ,
Abg. BEATRIZ GONZALEZ GIRALDO
EL SECRETARIO,
Abog. RICHARD CASTILLO CASTELLANOS
En la misma fecha se publicó la presente decisión
EL SECRETARIO,
Abog. RICHARD CASTILLO CASTELLANOS