Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Táchira, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara:
PRIMERO: INADMITE LA TERCERIA propuesta donde se llama a la empresa UNIDAD QUIRURGICA 2000 C.A.
SEGUNDO: Se ordena complementar el auto de admisión de fecha 11 de octubre de 2012, a los fines de ordenar notificar a la codemandada UNIDAD QUIRURGICA 2000 C.A, en la persona de su accionista LEONARDO JOSÉ CONTRERAS ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula n° V-5.688.363 a los fines de que comparezca a la audiencia preliminar.-
Expídase copia certificada de la presente sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Publíquese, Regístrese.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación Y Ejecución.....