Por las razones expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, LE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN AL CONVENIMIENTO en la demanda efectuado por el abogado en ejercicio Gerardo Augusto Nieves Pirela, apoderado judicial de los ciudadanos Jesús Manuel Ramírez Díaz, Ana Inés Ramírez de Pérez, Porfidio Ali Ramírez Díaz, Rosa Zulay Ramírez Díaz, Carmen Teresa Ramírez de Pérez y Campo Elías Ramírez Díaz, parte demandada, en la diligencia presentada en fecha 12 de junio de 2025, a tal efecto se da por consumado el presente convenimiento y se acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.