PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscal Décimo Sexta del Ministerio Público, Abogada: Melida Carrillo Rivas. así como las pruebas ofrecidas por el mismo, por ser legales, lícitas, pertinentes y necesarias, para el esclarecimiento de los hechos, contra el imputado de autos de conformidad con lo establecido en el artículo 330 numerales 2º y 9º del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO OTORGA el beneficio de SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO al acusado: LEYBY ELIECER BERBESI ROJAS, de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V-17.083.951 con fecha de nacimiento 24-03/1985, de 19 años de edad, residenciado en calle 8, La Palmita, casa sin número, al lado de Pedro Molina, Coloncito, Municipio Panamericano, Estado Táchira, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Angel de Jesús Medina Santiago, por el lapso de UN (01) AÑO, todo de con.....