TERCERO: CONDENA al ciudadano ALVARO CORONEL PARRA, quien dice ser de nacionalidad Venezolana, natural de San Antonio del Táchira, República de Venezuela, titular de la cédula de identidad N° V-9.136.542, de 42 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación obrero, residenciado en el Barrio Simón Bolívar carrera 16, casa 8-23, San Antonio del Táchira, por la comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES LEVES AGRAVADAS, previsto y sancionado en los artículos 413 del Código Penal, en concordancia con el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio del adolescente Jhon Jairo Coronel Rodríguez y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el artículo 277 en relación con los artículos 273 y 274 del Código Penal en concordancia con el artículo 25 de la Ley de armas y Explosivos y los artículos 16 y ordinal 18 del Reglamento de la Ley de Armas y Explosivos, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS, DOS (02) MESES Y ONCE (11) HO.....