PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscal Decimonovena (P) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Abogada Liliana Hortencia Zambrano Ramírez, contra el adolescente (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), SEGUNDO: DECLARA RESPONSABLE PENALMENTE al adolescente (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) por comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previsto en el artículo 39 la Ley Orgánica Sobre el Derecho a la Mujer a Vivir una Vida Libre de Violencia; AMENAZAS, previsto en el artículo 41 en concordancia con lo establecido en el artículo 15 ordinal 3° ejusdem; ambos punibles en perjuicio de la ciudadana Carmela Vivas Cárdenas, y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previsto en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Orden Público; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 528 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el art.....