DISPOSITIVO
En mérito a las consideraciones expuesta, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: Declara CON LUGAR el reconocimiento judicial de Unión Concubinaria interpuesta por la ciudadana LUCIA GARCIA GARCIA, contra los ciudadanos Heriberto Suárez Sosa y Herlinda Suárez Sosa. En consecuencia, queda establecido que entre LUCIA GARCIA GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-14.873.604 y el cujus ANGEL APARICIO SUAREZ RAMIREZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-177.838 existió una relación concubinaria, con todos los efectos legales, durante un lapso de tiempo que se inició el día primero (01) de marzo de 2004, hasta el día siete (07) de enero de 2013.
SEGUNDO: Inscríbase esta sentencia en los L.....