Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, el divorcio POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN,185 A de los ciudadanos: SONIA KARIME LIZARAZO DE MOLINA Y ERLIN MODESTO MOLINA VILLAMIL, colombianos, mayores de edad para el momento de contraer matrimonio identificada la primera en este acto con tarjeta de identidad N° 7401-07-02-777 y el segundo con cedula de ciudadanía N° 13.495.138, actualmente ambos con nacionalidad venezolana según gaceta oficial N° 5703 extraordinaria, año CXXXI mes VII de fecha miércoles 5 de Mayo de 2.004, hoy identificados con cedula de identidad N° V-22.672.664 la primera nombrada y con el N° V-22.634.990, el segundo nombrado, en razón de lo cual, queda disuelto el vínculo conyu.....