Se amplia el plazo de la suspensión condicional del proceso por un (01) año, al imputado Richard José Soto Castro, quien deberá obligatoriamente cumplir con las siguientes obligaciones: 1.- Asistir a la Unidad Técnica de Apoyo para que se le designe un delegado de prueba, debiendo el acusado presentarse sólo una (01) vez por ante dicha Unidad. 2.- Someterse al proceso. Y, 3.- Una (01) sola presentación por ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Penal de Violencia contra la Mujer. Y, 4.- La obligación de asistir a la audiencia de ampliación por verificación de condiciones el día viernes 17 de julio de 2020 a las nueve 09:00 horas de la mañana para verificar el cumplimiento de las condiciones impuestas, las cuales deben ser concurrentes.