Por las anteriores razones y consideraciones, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de fijación de Obligación de Manutención presentada por la ciudadana: DALIA YERALDINA LUNA MORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 20.732.766, para sus hijos: JARWUIN ARLEY, YERWUIN RENÉ y WILMER ALEXANDER NIÑO LUNA, y decide:
PRIMERO: Se establece como Obligación de Manutención la cantidad de UN MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1.500.00) mensuales.
SEGUNDO: Se establece para el mes de agosto de cada año el doble de la obligación de Manutención, es decir; cantidad de TRES MIL BOLÍVARES (Bs. 3.000.00), a fin de cubrir gastos de útiles y uniformes escolares.
TERCERO: Se establece para el mes de diciembre de cada año el doble de la obligación de Manutención, es decir; .....