PARTE DISPOSITIVA DE LA SENTENCIA DE REPAROS
Por los razonamientos de derecho y doctrinarios antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, declara:
PRIMERO: Se determina que los reparos formulados por los ciudadanos NEPTALI SILVA y NEYRA ZORAIDA PORRAS DE SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros° V.- 4.000,613 y V.-5.029.968 en su orden, al informe de partición presentado en fecha 07-11-2016, por la partidora Andrelys Celeste Chacon Vallenilla, se refieren a REPAROS GRAVES.
SEGUNDO: se adjudican los porcentajes expuestos en el informe para cada uno de los comuneros de la siguiente forma: Victoria Torres (50% + 1/8), Marggiory Guerra (1/8 parte), Neptali Silva y Neyra Porras (6/8 partes), a partir de allí se establecen los porcentajes correspondientes a cada uno de los comuneros, de la siguiente forma: Victoria Torres (56,25%), Marggiory .....