Se declaro Parcialmente Con Lugar, el Aumento por Obligación de Manutención; incoada por la ciudadana AMYBEL CAROLINA SARMIENTO MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.349.800, en contra del ciudadano LESTHER JIMMY MOLINA CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 13.171.295, quedando la Obligación de Manutención establecida en la cantidad de QUINIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES MENSUALES (Bs. 550,oo), los cuales deben ser descontados por nomina y depositados en la cuenta de ahorro que ordeno este Tribunal aperturar en el Banco Bicentenario y para el mes de diciembre en la cantidad adicional de SETECIENTOS BOLIVARES (Bs. 700,oo); y para el mes de septiembre la cuota adicional de SETECIENTOS BOLIVARES (Bs.700,oo) para útiles y uniformes escolares los cuales serán descontados por nomina.