JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara bastantes y suficientes las anteriores diligencias para asegurarles a los ciudadanos: YERSI MARLENY GARCIA DE CASTRO, venezolana mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nrs° V- 4.204.437, domiciliada en la calle13, N° 5-65, Táriba, Municipio Cárdenas Estado Táchira, en su condición de cónyuge y a los ciudadanos PAIMA ISREJ CASTRO GARCIA y PABLO ANTONIO CASTRO GARCÍA venezolanos mayores de edad y titulares de la cedula de identidad N° V- 13.709.390, V- 16.612.410, en su condición de hijos, y civilmente hábiles, el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus PABLO ANTONIO CASTRO CONTRERAS, quien era venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N ° 3.194.843, quien estaba domiciliado en la calle13, N° 5-65, Táriba, Municip.....