1. Declara parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto por la abogada ALVIS YOLANDA COLMENARES DE WILCHES, con el carácter de defensora del ciudadano ARAIN DEL CARMEN CARRERO GARCIA.
2. ANULA de conformidad con lo dispuesto en el artículo 190 del Código Orgánico Procesal Penal, la decisión dictada el diecinueve de octubre de dos mil cuatro, por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 6, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual declaró inadmisibles por extemporáneas, las excepciones opuestas por la abogada ALVIS YOLANDA COLMENARES DE WILCHES, respecto a las indicadas en el ordinal 4° literales ¿a¿, ¿b¿ y ¿d¿ del artículo 28 del Código Orgánico Procesal Penal, debido al vencimiento del lapso del tiempo (sic) previsto en el artículo 328 ejusdem, ello de conformidad con lo previsto en el ordinal 1° del artículo 330 ibidem.
3. ORDENA la celebración nuevamente de la audiencia preliminar ante un Juez distinto del que pronunció la decisión aquí.....