DECISIÓN
Por las razones que anteceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, en Sala accidental, actuando como Tribunal Constitucional, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE in limine litis la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana Ruth Yhajaira Muñoz Rondón, asistida por el Abogado Edison Ernesto González Franco, actuando en su condición de concubina del ciudadano Sergio Omar Santander Suárez, ante el Juzgado de Primera Instancia en Función de Control numero 1 de la extensión San Antonio del Táchira de este Circuito Judicial Penal, por la presunta violación del derecho a la libertad personal, establecido en el artículo 44.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por parte del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación San Antonio del Táchira y el Tribunal Segundo de Control de esa mism.....