Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda intentada por el abogado. CARLOS ERNESTO BARRERA GUADA, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.173.845, con inpreabogado Nro. 63.349, actuando como apoderado judicial de la ciudadana: NANCY del CARMEN SALCEDO MONCADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.830.363, por Resolución de contrato de opción de compra – venta; contra la ciudadana: MARÍA SATURNINA ARAQUE de REY, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 23.132.685, en consecuencia se declara la resolución del contrato privado de compra – venta de fecha 30 de septiembre de 1.998, sobre una casa para habitación ubicada en la carrera 1, Nro. 6 – 32, de Abejales, Municipio Libertador .....