SE DECLARO CON LUGAR la PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD CONCIBINARIA interpuesta por la Ciudadana NELI COROMOTO HUIZA CONTRERAS, en contra del ciudadano HERIBERTO SALAS MORENO, ambas partes plenamente identificados de autos. SEGUNDO: SE ORDENA la partición de dicha COMUNIDAD CONCUBINARIA habida durante la relación concubinaria sostenida por los pre-identificados ciudadanos NELI COROMOTO HUIZA CONTRERAS y HERIBERTO SALAS MORENO desde enero del año 2.000 hasta el día 5 de septiembre de 2008; TERCERO: se ordena emplazar a las partes para la designación del PARTIDOR de los bienes habidos durante la mencionada relación concubinaria, el cual tendrá lugar al décimo día de despacho siguiente a que conste la notificación de las partes, a las once de la mañana (11:00 a.m.).