Seguidamente el ciudadano Juez solicitó a la Secretaria señalara las pruebas promovidas por las partes y admitidas por este Tribunal, procediéndose a evacuar las promovidas por la parte demandante. Documentales, Testimoniales de los ciudadanos LUÍS ALBERTO SURMAY HERRERA, JUAN RAMÓN PÉREZ MÉNDEZ, JOSÉ ANTONIO PÉREZ y LEONIDES JOSÉ VEGAS NAVAS, identificados con las cédulas Nos.22.682.457, 4.092.480, 2.763.480 y 9.354.383. Se deja constancia que los mismos no comparecieron a rendir sus testimoniales. De igual forma el Ciudadano Juez solicitó a la Secretaria señalara las pruebas promovidas por las partes y admitidas por este Tribunal, procediéndose a evacuar las promovidas por la parte demandada: dejándose constancia que la
misma no promovió prueba alguna en su debida oportunidad. Finalizada la evacuación de las pruebas, ambas partes manifestaron al Tribunal su voluntad de llegar a un acuerdo que le colocara fin a la presente controversia, por un monto total de DOS MIL OCHOCIENTOS .....