Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, LE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCIÓN, dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. En consecuencia, conforme a lo solicitado por ambas partes, en diligencia que corre inserta al folio 296 y vuelto, este Tribunal acuerda expedir por Secretaría doce (12) juegos de copias fotostáticas certificadas de la transacción celebrada en la presente causa a través de acto conciliatorio con inserción del presente auto.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.¬