Por las razones de todos los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: La confesión ficta del ciudadano JIMI RAFAEL GOMEZ ALVARADO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 19.034.956; y en consecuencia, PROCEDENTE en Derecho la pretensión de Reconocimiento de Contenido y Firma contenida en la demanda incoada en su contra por el ciudadano JOSE SIFREDO VARELA SIERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad NºV-17.861.336, asistido por el abogado PATROCINIO MEJIA OJEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.106.011, inscrito en el instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº. 44.374
SEGUNDO: SE DECLARA RE.....