DECISION
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de le Ley, decide:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de estimación e intimación de honorarios profesionales intentado por el abogado DIXON GEOVANNY CONTRERAS ORTEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.-10.157.909, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 232.881 de este domicilio y hábil, actuando en su propio nombre.
SEGUNDO: SE CONDENA a la parte intimada ciudadana LIGIA CECILIA DELGADO DE PINEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-13.148.938, de este domicilio y hábil, al pago de la cantidad de NOVENTA MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO BOLÍVARES (90.535,00 Bs.), por concepto de honorarios profesionales del abogado DIXON GEOVANNY CONTRERAS ORTEGA.
TERCERO: Se ordena la INDEXACIÓN de la cantidad exp.....