De conformidad con lo establecido en el articulo 185-A ultimo aparte del Código Civil:
"Si el otro cónyuge no compareciere personalmente o si al comparecer negare el hecho, o si el Fiscal del Ministerio Público lo objetare, se declarará terminado el procedimiento y se ordenará el archivo del expediente" (Subrayado y negritas del Tribunal)
En consecuencia se Da por terminado el presente procedimiento y se Ordena el archivo del expediente. Asimismo vista la diligencia de fecha 11-06-2009, suscrita por la ciudadana EVELING COROMOTO DUARTE ZAMBRANO, venezolana, titular de la cedula de Identidad Nº V.-11.495.323, con el carácter de solicitante en la presente causa, asistida por la Abg. ZULMA GARCIA MALDONADO, conforme a lo solicitado Acuerda el Desglose del folio -05- por ser original, dejando copia fotostática certificada en su lugar y el original para ser entregados a la parte solicitante.