En el caso bajo estudio, quien aquí juzga observa que en fecha 07 de junio de 2010 (f. 111), el abogado RAÚL ESTRADA CAMACHO, quedó legalmente intimado para el presente procedimiento, correspondiéndole en pro y defensa de su defendido e intimado de autos, oponerse al decreto de intimación al quinto día de despacho siguiente a su intimación, lo cual, de la revisión exhaustiva del presente expediente, no hizo, dejando en completa indefensión al ciudadano ALEXY YUVANY MÁRQUEZ RAMÍREZ y consecuencialmente cambiar por disposición legal el presente procedimiento a Juicio Ordinario, para así proceder a la consecuente contestación a la demanda, por tanto, incuestionablemente colocó a su representado en estado de indefensión, ya que como defensor ad litem debe llevar una defensa plena, debida, eficaz y oportuna, en todos los grados e instancias del proceso, pues cuenta con las mismas cargas y obligaciones que la norma adjetiva asigna a los apoderados judiciales, toda vez que su función coadyuva.....