Por lo anteriormente señalado esta Juez Unipersonal N° 03 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley AUTORIZA AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE A LA CIUDADANA JUANA MARIA MARQUEZ AGELVIS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.490.111, para que realice todos los trámites correspondientes por ante la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), a fin de OBTENER EL PASAPORTE DE SU HIJA, LA ADOLESCENTE JHOANA CELESTE BELISARIO MARQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.323.519 y identificada con Partida de Nacimiento N° 53, de fecha 08 de Marzo de 1989, expedida por la Prefectura de la Parroquia Macuto, Municipio Vargas, Distrito Federal. Asimismo AUTORIZA AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE A LA ADOLESCENTE JHOANA CELESTE BELISARIO MARQUEZ, anteriormente identificada para que VIAJE a la República de .....