1. DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano ALEXI DUARTE MOLINA, asistido por el abogado ELADIO ROBERTO ROSALES MORA.
2. CONFIRMA la decisión dictada el treinta y uno de agosto de dos mil cuatro, por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 9, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual negó la entrega material al ciudadano ALEXI DUARTE MOLINA del vehículo placas ADH-32V, marca: TOYOTA, serial de carrocería AE829301784, modelo: COROLLA, tipo: sedan, serial de motor: 4A0982169, color: beige, año: 1998 (sic), todo de conformidad con lo pautado en los artículos 4, 5, 6, 282 y 311 del Código Orgánico Procesal Penal y 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.