DECISIÓN
Por los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: con lugar el recurso de revisión de sentencia definitivamente firme interpuesto por la abogada Yadira Moros Rivera, actuando con el carácter de defensora pública del ciudadano Lenis Erles Yordane.
SEGUNDO: se mantiene la de la decisión dictada en fecha 15 de mayo de 2007, por el Tribunal Octavo de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Táchira, mediante la cual, sentenció al prenombrado ciudadano a cumplir la pena de diecisiete (17) años de prisión, por la comisión del delito de Homicidio Calificado, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal.