DECISION
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones, en su única sala, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA SIN LUGAR la RECUSACIÓN INTERPUESTA por el abogado José Rosario Niño Casanova, en su condición de defensor del ciudadano LEWIS SMITH BUYSSE CORONADO, en contra del abogado José Humberto Cáceres Maldonado, en su condición de Juez de Primera Instancia en Función de Control N° 02 de este Circuito Judicial Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 92 del Código Orgánico Procesal Penal.
En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda devolver el conocimiento de la causa penal que se encontraba signada con el Nro 2C-10843-2010, seguida contra el acusado Lewis Smith Buysse Coronado, al Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control No 2 de este Circuito Judi.....