´PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL, DECLARA:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el Recurso de AMPARO CONSTITUCIONAL incoado por los ciudadanos THAIS GLORIA MOLINA CASANOVA, URIEL YVAN MARIN BECERRA, MAYRA ALEJANDRA CONTRERAS PAEZ, y LEONARDO AUGUSTO MOLINA DAVILA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V.- 3.009.171, V.- 10.155.287, 11.113.967, y V.- 24.694.996, abogados e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 26.129, 63.399, 71.832 y 296.217 en su orden, de este domicilio, actuando en nombre propio y en defensa de sus derechos e intereses, por considerar este Tribunal Constitucional, que en el caso sub judice, se violentó el derecho constitucional al uso de la energía el.....