El JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 13 de mayo de 2024, por el demandado, ciudadano Miguel Alejandro Villamizar Peñaranda, asistido por el abogado Lincon López Hinestrosa, en contra de la decisión dictada el siete (07) de mayo de 2024 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo dictado el siete (07) de mayo de 2024, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
TERCERO: SE CONDENA en costas al demandado conforme a lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Quedó así CONFIRMADA la decisión apelada.