DISPOSITIVO
En mérito de los precedentes razonamientos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: CON LUGAR la Medida Cautelar Innominada de Protección Agrícola, solicitada por los ciudadanos Blanca Isolina Cala Galvis y Marco Antonio Castellanos Martínez, venezolanos, mayor de edad, titulares de la cédulas de identidad Nos. V- 23.137.571 y V- 23.136.309, respectivamente, domiciliados la primera en el Predio El Mirador, sector El Mirador, Parroquia Capital García de Hevia, Municipio García de Hevia del estado Táchira y el segundo en el Fundo Agua LINDA, sector El Mirador, Parroquia Capital García de Hevia, Municipio García de Hevia del estado Táchira, parte actora en el presente caso. En consecuencia, se decreta Medida Provisional de protección a las actividades agrícolas, pecuarias (leche y carne), piscícolas (peces), avícola (pollos), existente.....