Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de los ciudadanos MIGUEL ANGEL HERNANDEZ HERNANDEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad Nro.- V-3.427.548, estado civil casado, de profesión u oficio Chofer, Domiciliado en la Urbanización La Pedrera Calle 13, casa N° 7-74, Cordero, Estado Táchira; ANGEL DREGORI HERNANDEZ GOMEZ, venezolano, estado civil casado, de profesión u oficio Estudiante, titular de la cedula d identidad N° V-16.124.023, residenciado en la urbanización La Pedrera Calle 13, casa N° 7-74, Cordero, Estado Táchira, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal y en consecuencia declara; LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL, por enco.....